Póliza de seguro accidentes y muerte

BIENESTAR UNIVERSITARIO – BENEFICIOS

Los miembros de la comunidad universitaria, serán beneficiarios de una póliza de accidentes personal, cuya cobertura aplica a reembolsos únicamente en caso de accidente.

Los aspectos de la cobertura por parte de la aseguradora contratada por la institución cubrirán al menos lo siguiente:

a.- Muerte accidental, incapacidad total y permanente.

b.- Gastos médicos por accidente

c.- Sepelio por muerte accidental

d.- Renta diaria por hospitalización hasta 5 días

e.- Beca, en caso de fallecimiento de la persona que financia los estudios.

Los valores de cobertura mencionados anteriormente serán definidos por acuerdo entre las partes al momento de la contratación de la aseguradora.

Para efectos de reclamos por siniestros o accidentes personales y hacer uso de este beneficio el asegurado NO debe estar en estado etílico y el seguro se cubre en el caso de accidentes de tránsito solo si amerita luego de hacer uso este seguro obligatorio que es el SOAT, si fuere necesario o el valor del siniestro sobrepasare el valor de este previo a un análisis y a la presentación de los requisitos para dicha cobertura. Es seguro de accidentes y muerte NO Cubre SUICIDIOS.

La póliza de seguro estará vigente para cada uno de los miembros de la comunidad universitaria durante todo el tiempo de su pertenencia a ella.